Publicada en el BOE la concesión de nacionalidad española a expedientes anteriores a Ley 12/2015

Publicada en el BOE la concesión de nacionalidad española a expedientes anteriores a Ley 12/2015

Con fecha de 29 de octubre de 2015 ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto de 2 de octubre en el que se concede la nacionalidad española por Carta de Naturaleza a los sefardíes que la solicitaron por este procedimiento con anterioridad a la entrada en vigor de la actual Ley.

El Real Decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE (29 de enero de 2016).

Los solicitantes a los que se les haya otorgado la nacionalidad por este procedimiento recibirán de sus respectivos consulados la notificación correspondiente y en el plazo de 180 días deberán cumplir con los siguientes requisitos ante el Registro Civil competente por razón de su domicilio. (Consulado correspondiente)

Se les requerirá:a) Aportar un certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido en su caso conforme a los Convenios Internacionales.b) Aportar un nuevo certificado de antecedentes penales del país de origen, en vigor, acreditativo de la ausencia de antecedentes penales, debidamente legalizado y traducido en su caso conforme a los Convenios Internacionales.c) Que el mayor de catorce años y capaz para prestar declaración por sí, jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes.Pinchar para consultar la lista de los expedientes aprobados.

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