Interés en Latinoamérica sobre la Ley de Nacionalidad a sefardíes

Interés en Latinoamérica sobre la Ley de Nacionalidad a sefardíes

Reproducimos a continuación un artículo publicado en diario de la Comunidad Israelita de Venezuela, el Nuevo Mundo Israelita sobre la Ley de nacionalidad a sefardíes a propósito de la visita de nuestro asesor jurídico Luís Portero a dicha comunidad. La entrevista fue realizada por David Bittan Obadia.

“La ley abre una nueva etapa de convivencia”

La semana pasada estuvo en Caracas Luis Portero de la Torre, jurista que ha participado activamente en la elaboración de la nueva “Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España”, aprobada esta semana y cuya entrada en vigencia está prevista para el próximo 1º de octubre. En un acto masivo realizado en Hebraica, Portero tuvo oportunidad de exponer el proyecto de ley y responder las inquietudes del público. Nuevo Mundo Israelita planteó varias preguntas al distinguido visitante, que ayudan a esclarecer aún más este tema que ha concitado tanto interés.

 —Nuevo Mundo Israelita: ¿Cuál ha sido la mayor dificultad para lograr la aprobación de la Ley de Nacionalidad?—Portero de la Torre: Ha habido algunas dificultades para sacar adelante la ley, algunas de ellas no las puedo comentar. La lentitud de la tramitación parlamentaria, que ha tardado en salir dos años y siete meses desde que se anunció a finales de noviembre por los ministros de Justicia y Exteriores en la Casa Sefarad-Israel; la dimisión de Ruiz-Gallardón, ministro de Justicia que impulsó la ley, y la entrada de un nuevo equipo en el Ministerio de Justicia tampoco ha puesto fáciles las cosas, aunque tras unos meses el nuevo ministro y su equipo han apoyado la ley sin fisuras; la incomprensión de algunos departamentos ministeriales del gobierno; las limitaciones para trabajar del poder legislativo, absorbido en algunas ocasiones por el poder ejecutivo; las enmiendas a la totalidad y los repentinos cambios al texto del Proyecto de Ley realizados por el gobierno. Dejémoslo ahí. Lo importante es que la ley ha salido adelante con el apoyo y consenso unánime de todo el arco parlamentario. Es una de las pocas leyes de la legislatura que ha tenido el apoyo total al fondo del asunto por todos los grupos parlamentarios, sin excepción.—NMI: ¿Existe interés por este tema en la sociedad española en general?—PT: Naturalmente que existe interés en la sociedad española. Los españoles saben que la ley no solo supone la culminación de un progresivo acercamiento y reencuentro entre la hispanidad y el Judaísmo. Los españoles saben que la voluntad de concordia y reparación moral del legislador, que el reconocimiento del carácter injusto de la masiva expulsión de judíos a partir de 1492, contribuye a cerrar definitivamente las heridas del pasado. La ley abre una nueva etapa de convivencia entre el Cristianismo y el Judaísmo. Buena prueba de ello es la recepción que el rey Felipe VI dispensó en el palacio de La Zarzuela a todos los miembros de comunidades sefardíes que participaron en la pasada Cumbre Global de la Erensya, que se celebró en Ávila y en Madrid. España ha dejado de ser la madrastra, para acoger en su seno a los judeoespañoles que nunca dejaron de serlo.Los 40.000 judíos que viven en España están perfectamente integrados en la sociedad española, y están viviendo los trámites de aprobación de la ley con gran emoción y entusiasmo. Lo mismo que la inmensa mayoría de los españoles no judíos, que saben que la ley es un acto de justicia y enriquecerá aún más el pluralismo y la diversidad cultural que caracteriza a nuestro país.—NMI: ¿Cuántas personas estima el gobierno español que se acogerán a las posibilidades que ofrece la nueva ley?—PT: El gobierno aprobará una ley que pretende equilibrar las enormes expectativas que ha despertado la ley en la diáspora sefardí y los limitados medios de los que dispone el Ministerio de Justicia para atender los miles de expedientes de solicitud de nacionalidad española que podrían tramitarse. El presidente de la Comisión de Justicia en el Congreso, Alfredo Prada, estima que podrían producirse entre 90.000 y 200.000 solicitudes de nacionalidad por parte de sefardíes. En la Federación de Comunidades Judías de España somos bastante más prudentes y creemos que, como mucho, la cifra no superará los 50.000. Ya veremos.—NMI: Usted presentó varias propuestas de enmiendas y modificaciones al proyecto de ley. ¿Puede explicar brevemente en qué consistieron?—PT: Yo he sido el asesor especial de la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE) en todo el proceso de elaboración y tramitación parlamentaria de la ley. Isaac Querub (presidente de la FCJE), Gabriel Elorriaga (ponente de la ley en el Congreso) y yo hemos trabajado duramente para que el resultado sea un texto más o menos razonable y acorde a las expectativas que ha generado la ley en el mundo entero. Me he reunido en numerosas ocasiones con Gabriel Elorriaga, con los portavoces de las demás formaciones políticas en el Congreso de los Diputados, con altos cargos del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de los Registros y el Notariado. He presentado en nombre de la FCJE hasta cinco propuestas con enmiendas de modificación al articulado del Proyecto de Ley. Básicamente, las enmiendas han consistido en proponer la modificación de la Exposición de Motivos, de los artículos 1 y 2 de la ley, así como de las Disposiciones Adicional Segunda y Transitoria única de la ley.Hemos conseguido que la Exposición de Motivos de la ley reconozca expresamente las persecuciones, vejaciones, ataques, sufrimientos y padecimientos del pueblo judío antes, durante y después de las expulsiones de 1492 y 1498. Que el Estado español reconozca el carácter injusto de la expulsión de los judíos sefardíes, y que la FCJE tenga el papel que le encomienda la ley de 1992 como interlocutor oficial del Estado en sus relaciones con las comunidades de confesión judía. Que la FCJE tenga facultades para coadyuvar en la verificación de la condición del solicitante como sefardí originario de España.Hemos conseguido que el artículo 1 de la ley, que establece los requisitos para solicitar la nacionalidad, incluya entre los medios de prueba para acreditar la condición de sefardí la partida de nacimiento, la ketubá o contrato matrimonial celebrado según las tradiciones de Castilla, que deba aportarse un certificado de la FCJE que acredite la condición originaria del solicitante como sefardí y que avale la autenticidad de los certificados emitidos por las comunidades judías en otros países. No hemos conseguido que se eliminase la necesidad de probar una especial vinculación con España, ni que se eliminasen los requisitos de superación de los dos exámenes de lengua e integración que contempla la ley. Tampoco hemos conseguido que se eliminase la necesidad de aportar dos certificados de antecedentes penales (uno aportado con la solicitud y otro en el momento de jurar fidelidad al rey y a la Constitución ante el Consulado de España en el país de nacimiento del solicitante). Y tampoco hemos conseguido que la comparecencia ante notario español pudiera hacerse personalmente o a través de apoderado.Sin embargo, hemos logrado la mejora técnica de la redacción del artículo 2 y mayor claridad y agilidad en el procedimiento, que consta de cuatro fases (solicitud, comparecencia ante notario, resolución y entrega del pasaporte en el Consulado español del país de nacimiento del solicitante).También es un éxito de la FCJE la ampliación de dos a tres años del plazo para solicitar la nacionalidad, y la reducción del plazo de resolución de los expedientes, que ha pasado de los 18 meses inicialmente previstos en 12. Finalmente, la Disposición Transitoria contempla la posibilidad, que no la obligación, de que aquellas personas que solicitaron su nacionalidad por la vía de la anterior Carta de Naturaleza puedan pedir que sus expedientes se tramiten con arreglo a la nueva ley.—NMI: En términos personales, ¿qué representa para usted esta ley?—PT: La ley es motivo de un inmenso honor y orgullo para mí. Mi familia tiene ascendencia judía por parte de padre, venimos de una familia—NMI: En términos personales, ¿qué representa para usted esta ley?—PT: La ley es motivo de un inmenso honor y orgullo para mí. Mi familia tiene ascendencia judía por parte de padre, venimos de una familia que procede de Toledo, cuyos apellidos (Portero) aluden a un oficio y con tradición de numerosos médicos y juristas en la genealogía familiar. Todo esto está siendo una aventura apasionante para mí, he trabajado y sigo trabajando con mucha intensidad. He dedicado cientos de horas de trabajo y esfuerzo a la ley, pero cuando se hacen las cosas con vocación, se disfruta enormemente del camino. Ya veremos qué es lo que me depara la Providencia. 

Datos importantes

1. Los trámites que un grupo de miembros de nuestra comunidad iniciaron hace varios años a través de la Casa de Melilla se denominan Cartas de Naturaleza. Las Cartas de Naturaleza son una forma de adquisición de la nacionalidad, tienen carácter graciable y no se sujetan a las normas generales de procedimiento administrativo. Serán otorgadas o no discrecionalmente por el Estado español mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.

En el caso de las Cartas de Naturaleza concedidas a personas residentes en Venezuela y en Turquía, en su momento atendían a un razonamiento que el Ejecutivo español sostuvo para concederlas, con la entrada en vigencia de la Ley en Materia de Concesión de la Nacionalidad Española a los Sefardíes Originarios de España, texto aprobado por el Senado en días pasados, se señala un trámite especial para reintroducir aquellos documentos que constan en el expediente administrativo y de esta manera iniciar los trámites de acuerdo con la ley.

2. Disponemos de información extra­oficial de que los trámites presentados para Cartas de Naturaleza (Casa de Melilla - Despacho de Abogados Imbroda) pudieran ser resueltos antes de la entrada en vigencia de la ley, por lo que aconsejamos esperar un tiempo prudencial de 60 días para ver si se producen las resoluciones de la concesión de la nacionalidad por esa vía, y así los 400 expedientes de Venezuela podrán ser resueltos sin necesidad de gasto alguno ni de nuevo trámite.

3. No es necesaria la contratación de abogados para iniciar los trámites para la futura ley; se trata de un tema opcional de cada persona.

4. La comunidad judía de Venezuela no recomendará ningún abogado en particular. Será la Federación de Comunidades Judías de España la que habilite a los profesionales que mediarán, en caso de ser necesario, con situaciones que guarden relación con la ley.

5. Hasta este momento es obligatorio, según la ley, que los particulares presenten personalmente en España las peticiones a partir del 1º de octubre de 2015.

6. Hasta este momento está planteada la necesidad de presentar una prueba en el Instituto Cervantes (en Venezuela no hay representantes de dicho instituto).

7. Recomendamos ir recopilando los recaudos exigidos por la ley a todos los particulares que tengan interés en optar por el pasaporte español.

8. La comunidad judía de Venezuela y sus instituciones (salvo cualquier constancia que esté a su alcance emitir), no se involucrará en los trámites de cada particular, ni se hará responsable de los resultados que esta ley pueda generar en el colectivo. Los trámites son voluntad y decisión particular de cada individuo que desee presentarlos.

9. El rabino Isaac Cohén es la única autoridad religiosa en Venezuela capacitada para suscribir las cartas y certificaciones de la condición de judío de los miembros de nuestra comunidad, siempre y cuando, a su criterio, estén dados los requisitos y extremos para recibir tal calificación.

10. El texto de la ley  Ley Nacionalidad Sefardíes BOE


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